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AVANZA IETU EN LA
CORTE
De manera minuciosa, los
ministros de la Corte continuaron con la revisión a fondo de los
amparos promovidos en contra del IETU.
En la sesión de este lunes 1 de febrero , después de un prolongado
debate sobre la constitucionalidad del gravamen, el pleno estableció
el propósito de ese impuesto, que bien a bien no tenían claro.
Por 8 votos a favor, los ministros determinaron que el objeto del
gravamen va sobre los ingresos brutos, sin posibilidad de deducir.
Consideraron que es un impuesto de control y complementario al
impuesto sobre la renta.
Y por 9 votos a favor, calificaron de constitucional la
proporcionalidad tributaria del IETU, que fue impugnada por los
quejosos. Es decir, los ministros resolvieron que la base que fijó
la Secretaría de Hacienda sobre la cual se tendrá que pagar dicho
impuesto, es legal.
Equidad tributaria, así validaron los ministros distintos aspectos
que se impugnaron al pago del IETU, este jueves 4 de febrero.
Aunque no han votado de manera definitiva, la mayoría de los
integrantes del pleno argumentaron que hacienda no cometió violación
alguna al negar la deducibilidad de algunos conceptos del gravamen,
como la deducción de inversiones realizadas del 1 de septiembre al
31 de diciembre de 2007 y crédito por inversiones efectuadas del 1
de enero de 1998 al 31 de diciembre de 2007.
Por igual, calificaron de equidad tributaria la no deducibilidad de
intereses que deriven de operaciones de financiamiento.
La discusión de los ministros se detuvo este jueves para continuar
el próximo lunes en el análisis de la deducibilidad del pago de
regalía derivadas de operaciones entre partes relacionadas.
Fuente: Wradio.com.mx
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