AVANZA IETU EN LA CORTE

De manera minuciosa, los ministros de la Corte continuaron con la revisión a fondo de los amparos promovidos en contra del IETU.

En la sesión de este lunes 1 de febrero , después de un prolongado debate sobre la constitucionalidad del gravamen, el pleno estableció el propósito de ese impuesto, que bien a bien no tenían claro.

Por 8 votos a favor, los ministros determinaron que el objeto del gravamen va sobre los ingresos brutos, sin posibilidad de deducir. Consideraron que es un impuesto de control y complementario al impuesto sobre la renta.

Y por 9 votos a favor, calificaron de constitucional la proporcionalidad tributaria del IETU, que fue impugnada por los quejosos. Es decir, los ministros resolvieron que la base que fijó la Secretaría de Hacienda sobre la cual se tendrá que pagar dicho impuesto, es legal.

Equidad tributaria, así validaron los ministros distintos aspectos que se impugnaron al pago del IETU, este jueves 4 de febrero.

Aunque no han votado de manera definitiva, la mayoría de los integrantes del pleno argumentaron que hacienda no cometió violación alguna al negar la deducibilidad de algunos conceptos del gravamen, como la deducción de inversiones realizadas del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2007 y crédito por inversiones efectuadas del 1 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 2007.

Por igual, calificaron de equidad tributaria la no deducibilidad de intereses que deriven de operaciones de financiamiento.

La discusión de los ministros se detuvo este jueves para continuar el próximo lunes en el análisis de la deducibilidad del pago de regalía derivadas de operaciones entre partes relacionadas.


Fuente: Wradio.com.mx
 

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